jueves, 21 de octubre de 2010

Hitos

Sistema de Leyes y castigos en el Imperio Incaico
                              


El impero incaico se caracterizó por su distribución geográfica, división política y económica. Pero, muy poco se sabe sobre cómo era llevado el tema de las leyes y castigos en ese tiempo. Aunque no hay evidencia escrita, muchos historiadores afirman que dicho imperio tenia una sociedad bien organizada donde las leyes se cumplían a cabalidad. Se dice que la creación de este Derecho Civil se dio gracias a la unión de componentes importantes en dicha época: la religión y el parentesco.
Un ejemplo claro, son los dibujos de Felipe Guamán Poma de Ayala: “Nueva crónica y buen gobierno” en donde, en uno de ellos se observa a un grupo de personas aplicando el “Vinpillai” o el castigo de adulterio, que consistía en apedrear a culpable hasta la muerte. Este es un claro ejemplo de la justicia incaica, ya que aparte de ser drástica y violenta, a veces era inhumana. Pero, también, no podemos dejar de mencionar castigos que eran pagados simplemente con la cárcel, esto se aplicaba a faltas menores. Es decir, mientras la falta atentara más contra la religión o Ayni (familia), el castigo era más severo[1].

También, algo resaltante que pensaban en el imperio incaico, era que si por primera vez cometían una falta grave, la podrían cometer por segunda vez y así sucesivamente y, nunca arrepentirse, por ello optaban por el castigo de la muerte[2]. Por otro lado ,existieron Incas que implantaron sus propias reglas, como es el caso de Inca Pachacutec, “impantó nuevas reglas contra los blasfemos , parricidas , homicidas , contra los traidores al Inca , contra los adúlteros (…) , contra los que sacaban las hijas de casa de sus padres (…)”[3].  Lo singular de estas y sus demás reglas, es que las vinculaba con el robo y la ley del espejo  (es decir, si hace daño a otra persona, te haces daño a ti mismo); lo que no cambió fue que la mayoría de los castigos se pagaran con la muerte.

En conclusión, se podría manifestar que la justicia en el Imperio Incaico era relativamente violenta, debido a los diversos castigos que iba desde el encierro, pasando por la tortura, hasta llegar a la muerte. Pero lo que si se puede afirmar es que este gran imperio tenia una sociedad ordenada debido a las diversas leyes y normas que en ese tiempo se establecieron, y que fueron importantes para poder tener orden y disciplina en ese gran espacio geográfico el cual  denominaban Tahuantinsuyo.



[1] Cfr. Guzmán Poma de Ayala 1615: 45
[2] Cfr. Garcilaso de la Vega 1991: 98
[3] Cfr. Garcilaso de la Vega 1991: 409

VIDEO:
El Tahuantinsuyo - Parte 2 (3:50 - 4:29) (http://www.youtube.com/watch?v=_-gWJAGSfUc&feature=related)




La Santa Inquisición (1570 - 1820)



Uno de los debates más controvertidos que protagoniza la investigación en el campo del Derecho, lo constituye el tema de la Santa Inquisición y la forma de querer ejercer la administración de la justicia en la época colonial en nuestro país. El Santo Oficio fue creado por el Rey Felipe II en 1569, pero entró en funcionamiento en 1570, siendo Francisco Toledo Virrey del Perú. Para investigar esta institución, se debe tener en cuenta que, fue creada en una época llena de intolerancia religiosa, política, etc. En donde esta exigencia, era frecuente en España y sus colonias, así como también, en países protestantes. Dentro de lo expuesto, la Inquisición, por lo tanto, se podría considerar como una medio que permitió institucionalizar la intolerancia[1].

El objetivo principal del Santo Oficio, no era vigilar la pureza de la fe de los indios, sino, por el contrario, era controlar y eliminar todas las creencias religiosas que no pertenecían a la fe cristiana; es decir, eliminar toda idea o pensamiento que no estaba escrito en la Biblia. Dicho en otras palabras, se castigaba a todo aquel que desacataba y ofendía la ideología del Santo Oficio, estos lineamientos básicamente se regían para la población blanca, ya sea española o extranjera. Pues, para seguir con esta finalidad, el Rey ordenó que se creara también la Inquisición de Flotas, para imposibilitar el ingreso de de herejes extranjeros y la Inquisición de Aduanas, para impedir la entrada de libros “prohibidos”.[2]

Pero, en aquel tiempo no todos acataban las órdenes dadas, por ello, los que seguían practicando su fe, se les sometían a un interrogatorio y a veces a la tortura; este cuestionamiento se realizaba principalmente con la intención de que realizaran la “confesión voluntaria”, el motivo de la insistencia se debía a que el Tribunal no buscaba la sanción sino que intentaba salvar al hereje.

Dentro de los delitos que juzgaba la Santa Inquisición se encuentran los acusados de herejía y ésta incluía delitos tales como la apostasía, blasfemia, bigamia, supersticiones, cualquier acto que impidiese el buen funcionamiento del Santo Oficio, entre otros. Una de las infracciones que más se castigaba era la bigamia, eran hombres que se casaban por segunda vez cuando ya tenían esposa en España o en otro lugar.[3]

Para llevar a cabo el proceso, se solicitaba al denunciante que contribuyera con pruebas o testimonios que garanticen sus manifestaciones. Las acusaciones eran meticulosamente estudiadas por los inquisidores, quienes hacían el papel de jueces. Pero también, no era obligatorio que existiesen acusaciones, ya que los inquisidores podían averiguar cualquier sospecha razonable de cualquier persona “pecadora”.

Los instrumentos más usados por el Tribunal eran la garrucha, el potro y el castigo del agua. A veces las heridas causadas a los castigos, eran “curadas” con vinagre o sal, que en cierta forma servía para desinfectar e impedir que el procesado muriera; y a la vez les suministraban un terrible dolor que valía de doble castigo.

La Inquisición fue suprimida o anulada irreversiblemente en 1820, ya que en aquel tiempo se estaba dando el proceso emancipador con el cual se eliminó todo tipo de relación o sometimiento político de España.[4]


[1] Cfr. Museo la Inquisición 1999
[2] Cfr. Castañeda y Hernández 1995
[3] Cfr. Toribio 2003
[4] Cfr. Guibovich 2001



VIDEO:
La Santa Inquisición (http://www.youtube.com/watch?v=28LjeBtj-48 )




                                    Túpac Amaru (1780-1781)



Las autoridades en el virreinato eran los alcaldes mayores, los corregidores y los cabildos. Los primeros estaban encargados de gobernar las reducciones (pueblos indígenas), los segundos a los pueblos de españoles y los terceros eran la máxima autoridad de cada ciudad.

En el periodo del virreinato los indígenas estaban obligados a contribuir con la mita minera, estaban oprimidos y los abusos contra esta clase social de la época era terrible. En 1778 el visitador Antonio de Areche, implantó una serie de reformas en las cuales se vio el  aumento de tributos, alcabalas y aduanas. De esta manera, se vio afectada una vez más la población indígena. Tupac Amaru II siempre se opuso a esta serie de reformas, ya que , además, estaba afectando algunos negocios que realizaba, y en 1780 empezó su rebelión.[1]

Este movimiento se llevó a cabo, básicamente, contra las malas autoridades, por los abusos que cometían los Corregidores en el cobro del tributo. Además, por las injusticias que se cometían en el sistema de repartimientos mercantiles y, tuvo como finalidad, exigir la instauración de una Audiencia en el Cusco para que hiciera justicia a la población indígena.

Al principio su rebelión fue exitosa, ganó la batalla de Sangarará, pero el postergar demasiado su ataque al Cuzco, permitió que la ciudad prepare una defensa y así estuviese preparada para cuando Túpac Amaru llegase con su rebelión. Por ello, el 18 de mayo de 1781, en la Plaza de Armas del Cusco, Túpac Amaru II fue obligado a presenciar la ejecución de toda su familia, aliados y amigos. Luego se procedió a descuartizarlo vivo, atando cada una de sus extremidades a sendos caballos, por lo que no se pudo realizar. Finalmente se optó por decapitarlo y posteriormente despedazarlo. Los restos de Tupac Amaru fueron repartidos en diversos puntos del virreinato como advertencia a todos aquellos que osaban enfrentarse a los españoles.[2]

Cuando se escucha esta historia, aparentemente pareciera que fuera un tanto irreal, puesto que hoy en día, ningún país aplica este tipo de medidas para mantener a su población ordenada. De esta manera, se puede observar claramente la forma inhumana con la que las autoridades de la época trataban a la población. Es  claro que, no existían derechos y valores básicos que hoy en día la mayoría de sociedades los dan por sentados, por ejemplo, el derecho a la vida. Si bien es cierto, en la actualidad, muchos países tienen todavía la pena capital como forma de impartir justicia a todos aquellos que rompan la ley, lo hacen de una forma más humana, por así decirlo. Por otra parte, se puede apreciar que no existió respeto por la dignidad de las personas en la época del Virreinato.

Y por último, esta época está caracterizada por una sociedad racista en la que la población dominante son los blancos. Al hacer un contraste con la sociedad actual, claramente se ve que son conceptos de justicia totalmente distintos. La justicia colonial carece de respeto a la vida, dignidad de la persona y a muchos otros derechos humanos que en la actualidad son básicos y que cada persona tiene derecho a ejercerlo.



[1] Cfr.  Boleslao 2004: 100 -120.
[2] Cfr. Boleslao 2004: 150 -170




La Penitenciaria de Lima y la modernización de la Justicia Penal (1862 - 1961)
                               

El panóptico fue la primera cárcel moderna de Lima (siglo XIX)  y fue inaugurada en el año  1862 por disposición del presidente Ramón Castilla para así poder solucionar la falta  de un sistema más severo para los prisioneros. Por otro lado, cabe resaltar que, el panóptico era una de las cárceles más seguras de Lima  junto con el penal del Frontón, durante su historia pasaron días dentro de ésta, conocidos peruanos como Raúl Haya de la Torre  y el ex presidente Augusto B. Leguía.
Este centro se construyó en el Perú, ya que el país se encontraba  en una inestabilidad política y social, además, su creación fue una respuesta a  las condiciones detestables en las que operaban las demás prisiones  limeñas en las primeras  décadas republicanas[1]. Sin embargo, los esfuerzos de convertir las cárceles peruanas en casas correccionales fracasaron. Tres razones principales para la decisión de construir la penitenciaria en Lima fueron:

-La calamitosa situación de las cárceles y las terribles condiciones de vida de los prisioneros que reclamaban urgente atención.
-La búsqueda  de eficacia en el control del delito y la preocupación por la debilidad  de las instituciones penales existentes
-Suprimir las conductas contrarias al orden  y acabar con la impunidad, la cual disfrutaban muchos reos[2].

Con estas razones, se buscaba la rehabilitación de los prisioneros, ya que de esta forma se contribuía con el éxito del proyecto modernizador de las elites peruanas. Por primera vez en la historia carcelera del Perú, el trabajo penal tenía el propósito de enseñar la disciplina laboral a los prisioneros. El trabajo dentro del establecimiento servía para complementar la domesticación del reo, convenciéndolos a través de la instrucción religiosa, que el trabajo era necesario y virtuoso. La obediencia y vigilancia eran piezas importantes en  el diseño. Así que, la penitenciaria debía obtener seres dóciles y que accedan a cualquier orden superior.

La penitenciaria seria la conversión de personas  desordenadas, en trabajadores disciplinados[3]. Luego años más tarde, la disciplina de la Penitenciaria se relajó, por ejemplo: los  prisioneros tenían contacto físico con los visitantes, la desmoralización de los presos se había acentuado, el alcohol y el juego prevalecían sobre el trabajo  y la educación religiosa.
El objetivo penitenciario de reformar delincuentes fue un fracaso, sin embargo  su éxito fue en favorecer  la naturaleza  autoritaria del estado Peruano.

Después en 1901, durante el gobierno de Eduardo López de Romaña, se hicieron algunos cambios en sus estructuras. Este centro penitenciario fue una prisión hasta el año 1961 siendo seguidamente demolido.


[1] Cfr. Panfichi y Portocarrero 2004: 344
[2] Cfr. Panfichi y Portocarrero 2004: 354
[3] Cfr. Panfichi y Portocarrero 2004: 354

 VIDEO:
Tomás Latino/ Panóptico: un drama en ruinas http://www.youtube.com/watch?v=sYNs5nffqBQ




El Pacto de San José (1981) y la Pena de Muerte (Actualidad)


En los últimos años, el estado peruano ha buscado la manera de poder instaurar la ley de pena de muerte, para aquellas personas que comentan delitos muy graves como por ejemplo:  homicidio calificado, violación de menores, secuestro organizado y actos de corrupción en el gobierno peruano. Además, la preocupación de la gente ha estado en el tema de la seguridad ciudadana, originando la exigencia del pueblo para que se tome medidas drásticas ante tanta delincuencia.


 Asimismo, el presidente Alan García durante su campaña a la presidencia del Perú en el 2005, realizó múltiples promesas, en la cual una de ellas fue que si lograba la presidencia, su gobierno aprobaría la ley de pena de muerte. Sin embargo, el Perú se encuentra inscrito en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de San José. Es decir, que el estado peruano se encuentra sometido a leyes internacionales. Por lo tanto, si el gobierno aprueba esta ley tendría que abandonar el Pacto de San José, ya que este exige respetar  los derechos, libertades y garantizar su libre ejercicio a toda persona que se encuentre sujeta a una jurisdicción, sin discriminación alguna. Entonces, el gobierno de una u otra manera ha tratado de presentar dos argumentos muy importantes. Por un lado, sustenta que el estado nunca abolió la pena de muerte. Es decir, que no se quitó la pena de muerte en las leyes peruanas, porque ésta ya existía en el artículo 140 de la constitución peruana y solo bastaría con intercambiar el delito de violación contra menores de edad seguido de los asesinatos que en ese momento ya existía en el momento de firmarse el pacto. Por otro lado, afirma que este fue aprobado por el decreto legislativo 22231 en 1978, y que en ese momento ya se encontraba vigente la constitución de 1993[1]. Por lo tanto, de acuerdo al artículo 54, la pena de muerte se impondrá por los delitos de traición a la patria, homicidio calificado y por todos aquellos que la ley señala, ya que al escribirse el acuerdo ya existía pena de muerte para el delito de homicidio calificado y para los que hubieran hecho sufrir en un acto sexual a un menor de edad, según el decreto legislativo 20583[2].


Por último, el estado peruano seguirá buscando múltiples formas para que la ley de la pena de muerte sea aplicada en nuestro país, sin abandonar el Pacto de San José, ya que nuestra población exige más seguridad en nuestro país. Esto, además, se debe a que nuestro gobierno no promulga las leyes necesarias ante tantos hechos delictivos, los cuales son una amenaza día a día en nuestro país que hoy es una ciudad insegura para cualquier persona.



[1] Cfr. García respalda Pena de Muerte: 2010
[2] Cfr. Peña 1997: 38

Video:
                            http://www.youtube.com/watch?v=NK8y0FsowkY